PLAN BÁSICO DE SALUD (PDSS)
Servicio de salud amparado por la Ley 87-01 otorgado por el Seguro Familiar de Salud que incluye prevención de enfermedades y promoción de la salud.
Servicio de salud amparado por la Ley 87-01 otorgado por el Seguro Familiar de Salud que incluye prevención de enfermedades y promoción de la salud.
*COBERTURAS | *LEY 87-01 (PDSS) |
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Prevención y Promoción | Sin Cuota Moderadora |
Servicios Odontológicos | C.M.V. |
Habitación | RD$2,346 por día |
Cirugías Ambulatorias y Hospitalarias | C.M.V. (Cobertura 90%) |
Hemoterapia | C.M.V. (Cobertura 90%) |
Aparatos y Prótesis | C.M.V. (Cobertura 80%) |
Atenciones de alto costo y de alto nivel de complejidad por persona por año, hasta RD$1,000,000. | C.M.V. Gradualidad. Cobertura 80% |
Medicamentos de alto costo relacionados al tratamiento de cáncer, neoadyuvantes, adyuvantes: RD$2,090,000 por persona, por año | Cobertura 80% (Copago a cargo del afiliado: 20%) |
Medicamentos de alto costo no oncológicos: RD$1,000,000 por persona, por año | Cobertura 80% (Copago a cargo del afiliado: 20%) |
Honorarios Médicos Ginecológicos Parto Normal | 100% |
Honorarios Médicos Ginecológicos Parto por Cesárea | C.M.V. |
Honorarios Recibimiento de Niños Parto Normal | 100% |
Honorarios Recibimiento de Niños Parto Cesárea | C.M.V. |
SERVICIOS | COBERTURA |
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Consultas Ambulatorias (Sin límite) | C.M.F. RD$100.00 |
Terapias Rehabilitación | C.M.V. |
Rayos X y Laboratorios y Pruebas Especiales | C.M.V. |
Vacunas | Sin Cuota Moderadora |
Medicamentos ambulatorios RD$8,000. por persona por año. | Cobertura 70% ( Copago a cargo del afiliado 30%) |
C.M.V. Cuota Moderadora Variable. Aporte en dinero correspondiente al 20% / 15% del valor del servicio y 10% honorarios quirúrgicos con tope de un salario cotizable.
C.M.F. Cuota Moderadora Fija. Aporte fijo en dinero que hace un usuario al utilizar un servicio del catálogo del PDSS.
* Todos los procedimientos estarán realizados de acuerdo a nuestras Tablas de Honorarios Médicos (T.H.M.)
* Provisión de sillas de ruedas, hasta veinticinco mil pesos, para afiliados con discapacidad permanente certificada y autorizada por CONADIS; coches especializados para niños con parálisis cerebral infantil.
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Se establece un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario para que el afiliado realice la reclamación de reembolso, contados a partir de la fecha de pago registrada en la factura, parcial o total, al Prestador de Servicios de Salud.
Consulta la Resolución Administrativa No. 251-2023, emitida por la SISALRIL, aquí.