Se establece un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario para que el afiliado realice la reclamación de reembolso, contados a partir de la fecha de pago registrada en la factura, parcial o total, al Prestador de Servicios de Salud.
Consulta la Resolución Administrativa No. 251-2023, emitida por la SISALRIL, aquí.